Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Luxemburgo vulneró la libertad de expresión de hombre que divulgó a la prensa las prácticas tributarias de su empleador, libertad que prevalece por el interés público sobre el secreto profesional.
Si bien no puede pasarse por alto el hecho de que la divulgación impugnada se llevó a cabo mediante la sustracción de datos y la violación del secreto profesional al que estaba obligado el demandante, el peso relativo de la información divulgada superó todos los efectos perjudiciales a causa del interés público que suscitó.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda contra Luxemburgo por condenar al empleado de una compañía multinacional que difundió documentos clasificados de su empleador, luego de constatar una vulneración de su derecho a la libertad de expresión.
El demandante realizaba asesorías contables en una empresa de gran tamaño. Entre sus tareas, debía preparar las declaraciones de impuesto de su empleador y realizar las “solicitudes de resoluciones fiscales anticipadas” (ATA). En virtud de estas, las personas jurídicas podían pagar impuestos anticipados por transacciones futuras. Una investigación periodística reveló que, entre 2002 y 2012, la empresa del demandante emitió numerosas ATA que beneficiaron sospechosamente tanto a la compañía como a las autoridades de Luxemburgo.
Tras estas revelaciones la empresa inició una investigación interna para determinar cómo se filtraron los datos a la prensa. Esta arrojó que el demandante había entregado miles de documentos confidenciales a un periodista. Ello motivó que la compañía dedujera un proceso penal contra el actor, el cual concluyó con una multa de 1.000 euros en su contra. El fallo condenatorio fue confirmado en segunda instancia, ya que el tribunal ad quem estimó que “(…) la divulgación por parte del solicitante de documentos sujetos al secreto profesional había causado a su empleador un perjuicio que superaba el interés general”. Contra este fallo interpuso un recurso de casación sin éxito.
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