Responsabilidad médica por mala praxis.
Médico anestesista es responsable al aplicar inyección peridural que perforó duramadre de actora, sin haber valorado previamente el estado de nerviosismo de la misma y la falta de personal idóneo para secundarlo.
El fallo señala que ha quedado corroborado que, por error u omisión, el médico condenado no describió las anomalías sufridas durante la práctica en el protocolo anestésico primigenio, lo que sí realizó en anotación posterior.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, Argentina, confirmó la sentencia que acogió la demanda de mala praxis médica, al establecer la falta de previsión del médico anestesista frente a la falta de personal idóneo para colaborar en la práctica y ante el estado anímico y nervioso de la actora, que conllevó a una responsabilidad del mismo por la producción de la perforación de la duramadre de la paciente y los daños generados a partir de allí.
El fallo señala que ha quedado corroborado que, por error u omisión, el galeno condenado no describió las anomalías sufridas durante la práctica en el protocolo anestésico primigenio, lo que sí realizó en anotación posterior, desprendiéndose así la ausencia en la primera anotación de datos fundamentales que están directamente relacionadas con las posibles causas que produjeron la perforación de la duramadre y el posterior paro cardíaco de la paciente.
No se halla acreditado, prosigue la sentencia, que la paciente haya sido debidamente informada por el médico de las características de la práctica de la inyección peridural tal como se requiere, ni que el estado anímico, nervioso y de angustia de la internada se haya producido ante la supuesta pregunta del desconocido que colaboró o si fue anterior.
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