Diario Constitucional

Falta de cuidado y control.

Mujer que cobró durante 6 años la pensión de su abuela fallecida es absuelta por Tribunal español a raíz de la negligencia de las entidades involucradas.

Cuando el engaño es tan burdo que cualquiera lo puede evitar con una mínima reacción defensiva, se dice que puede ocurrir que el error haya sido provocado por la propia desidia del engañado y no tanto por la idoneidad de la acción fraudulenta del autor, especialmente cuando el engaño se dirige contra organizaciones complejas como las recurrentes.

Por Redacción·17 de diciembre de 2023·3 min de lectura
imagen: ecestaticos.com
Referencial

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (España) desestimó el recurso de apelación deducido por un banco y una entidad de seguridad social, confirmando así la absolución de una mujer que cobró la pensión de su abuela durante 6 años, a pesar de ya haber fallecido. Dictaminó que las entidades actuaron en forma negligente por no ejercer los controles debidos para evitar el engaño.

Según los hechos narrados, la adulta mayor era beneficiaria de una pensión de viudez y compartía con su nieta la cuenta bancaria utilizada para los depósitos, en calidad de cotitular. No obstante, tras su fallecimiento la nieta continuó percibiendo la pensión por al menos otros 6 años, pues tanto el banco como la entidad de seguridad social desconocían que la beneficiaria había fallecido.

Tras ser descubierto el engaño, la mujer fue imputada por los delitos de fraude a la seguridad social y usurpación del estado civil de su abuela, aunque fue absuelta en primera instancia. El banco y la entidad apelaron el fallo, acusando una errónea valoración de la prueba rendida y del tipo penal aplicable al caso por atentar contra la seguridad social.

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