Fabricante del producto fue absuelto.
Peluquería debe indemnizar a mujer que sufrió una grave reacción alérgica a causa de un producto capilar, resuelve un tribunal argentino.
A la accionante le bastaba con acreditar que sufrió un daño producto del tratamiento recibido en el establecimiento, extremo que se ha cumplido en la especie, razón por la cual -al no haberse aportado elemento alguno que pueda contrarrestar dicha circunstancia y tornar viable la fractura del nexo causal-, el demandado debe responder por el reclamo promovido en su perjuicio.

La Cámara Civil (Argentina) confirmó la indemnización de perjuicios dictaminada en favor de una mujer que debió ser hospitalizada tras realizarse un tratamiento capilar, debido a una reacción alérgica severa manifestada a causa de un producto utilizado durante el procedimiento. Si bien condenó al establecimiento y a la peluquera involucrada, rechazó la demanda contra la compañía L’Oreal Argentina S.A.
Según los hechos narrados, una mujer acudió a una peluquería para aplicar tintura en su cabello, pero la peluquera le sugirió un tratamiento de «bótox capilar», a lo cual ella accedió. Sin embargo, el producto utilizado para el tratamiento le causó una reacción adversa: comenzó a experimentar ardor y malestar, seguido de escalofríos y enrojecimiento en el rostro, por lo que tuvo que ser hospitalizada tras sufrir un desmayo.
Tras estos eventos, la mujer emprendió acciones legales contra el dueño de la peluquería y la peluquera. El juez de instancia acogió parcialmente su demanda, condenando a los acusados a pagar una indemnización de $520.000 pesos argentinos. Por otro lado absolvió a L’Oreal, la empresa que habría fabricado el producto que contenía formol, por lo que la demandante fue condenada a pagar costas. La actora apeló este extremo del fallo e impugnó los intereses determinados.
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