No se acreditó infracción de las reglas de la sana crítica.
Recurso de nulidad laboral no puede prosperar por defectos insalvables en su formalización.
La imprecisión del recurso impidió comprender el perjuicio que se reclamaba y vislumbrar cuales eran sus peticiones concretas.

La Corte de Santiago desestimó el recurso de nulidad interpuesto por peluquerías Palumbo S.A., en contra de la sentencia dictada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que acogió parcialmente la excepción de prescripción e hizo lugar a la demanda declarando la existencia de elación laboral del actor y que las demandadas forman una unidad económica, condenándolas solidariamente al pago de las indemnizaciones, recargos y demás prestaciones reclamadas.
Contra este pronunciamiento, las demandadas en conjunto interpusieron recurso de nulidad, fundado en dos causales, una en subsidio de la otra.
La primera por infracción a lo dispuesto en el artículo 478, letra b), del Código del Trabajo, por cuanto la prueba fue analizada de forma parcial, infringiendo las reglas de la sana crítica. Afirma que se tuvo como hecho no controvertido la existencia de un contrato de arriendo de módulos de sillones y recaudación, suscrito entre Peluquerías Integrales S.A., Asesorías y Recaudación Marquina Ltda., y la actora, en circunstancias que tal razonamiento resulta defectuoso y arbitrario.
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