Constituye una forma de homicidio.
Proyecto de ley deroga el aborto en Chile y aumenta sanción penal aplicable.
La interrupción del embarazo implica la eliminación de un ser humano débil e inocente.

La moción, patrocinada por los Diputados Harry Jürgensen y Cristóbal Urruticoechea, modifica el Código Sanitario y el Código Penal para proscribir el aborto y aumentar la sanción penal aplicable.
Los autores del proyecto de ley señalan que el artículo 19 Nº 1 de la Constitución, asegura a todas las personas el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas. El mismo artículo agrega, lo que resulta fundamental para esta iniciativa, que la ley protege la vida del que está por nacer.
Añaden que en un sentido similar se pronuncia el artículo 3º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuando asegura a todo individuo el derecho a la vida y, más contundentemente, el artículo 4º de la Convención Americana de Derechos Humanos, cuando reconoce el derecho de toda persona a que se respete su vida, adicionando que ese derecho estará protegido por la ley, a partir del momento de la concepción.
Comentarios (6)
augusto alvarado vásquez Esa es la mentalidad retrógrada de ciertas corrientes. Tonta e ingenua, como si por un mandato de ley, se pudiera solucionar un problema. Saludos.
Antoine Peñaloza Carrillo Un poco de humanidad y razón, al fin, en este mar de locura homicida.
Alejandro Ortiz Pensarías lo mismo si violaran a tu hija o quedara embarazada a los 12, 13 o 14?????
Andrea Avalos Nada nuevo con este grupo de seres humanos que insisten en tratar a la mujer como un simple contenedor, hablando del «respeto a la vida» como si la mujer que tiene un embarazo en las condiciones indicadas en el Art. 119 del Código Sanitario no tuviera derecho a vivir, ¿O será el Estado el que se responsabilizará cuando una mujer muera a causa de un embarazo de ese tipo o simplemente decida suicidarse porque no puede vivir con ese trauma? Insisto, tanto hablan de proteger una vida, pero claramente la vida de esa mujer (sobre todo el caso contemplado en la letra a) del artículo 119) es totalmente prescindible para uds.
Macelo Suárez Al fin llega algo de justicia, en un mundo lleno de injusticia, donde se quiere dar legalidad a un crimen aberrante. NO ROTUNDO AL ABORTO.
gerardo garcia No se trata de que la mujer sea prescindible. Ya que tambien importa la vida y estado sicologico de ella. Por ello se deben agregar a este proyecto varias medidas que estado pueda garantizar el apoyo sicologico y material a la mujer . Para poder apoyarla en su situacion muy vunerable emocionalmente, que la lleva a tomar esa decision de abortar, con el fin de evitar que la mujer pueda salir de ese estado de abandono y se sienta apoyada en todos los ambitos.
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