Recurso de casación acogido.
Queja sobre la indiferencia de la administración pública en relación a los derechos humanos de adolescentes inmigrantes, está amparada por la libertad de expresión, resuelve el Tribunal Supremo de España.
El elemento predominante, que guió la actuación del demandado, era expresar sus ideas, pensamientos y opiniones sobre los hechos objeto del proceso, y sensibilizar a la opinión pública sobre la protección que merecen los derechos humanos.

El Tribunal Supremo de España acogió un recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, que revocó la sentencia de primera instancia que desestimó una demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor y propia imagen deducida por un consejero de un Centro de Educación de Menores Infractores en contra del presidente de una asociación derechos de infancia.
El recurrente alegó que se vulneró la libertad de expresión, en cuanto el hecho que haya publicado en Facebook y comentado los artículos publicados por un periódico que el demandante está en conocimiento de que en el centro de menores se han vulnerado derechos humanos por cuanto falleció un adolescente inmigrante por una “paliza” por parte de seguridad, no constituye divulgación de una noticia manifiestamente inveraz, sino que crítica a la actuación de la administración pública, todo ello en el contexto de una noticia de interés general con respecto a la actuación de personas que desempeñan cargos públicos, que cuenta con una base fáctica suficiente, incluso amparada por un informe del Defensor del Pueblo.
El máximo Tribunal refiere que, “(…) tras el análisis de los escritos difundidos por el demandado, concluimos que prima el ejercicio de su libertad de expresión, toda vez que, a través de ellos, lo que pretende es transmitir su opinión crítica, en tono de denuncia, sobre lo que considera constituyen conductas vulneradoras de los derechos fundamentales de las personas con respecto al trato dado a menores inmigrantes por las administraciones públicas.”
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