Corte Constitucional de Colombia.
Reportaje que contiene acusaciones de abuso sexual contra un cineasta no vulnera sus derechos al buen nombre, a la honra y a la presunción de inocencia y está amparado en la libertad de expresión por contribuir al debate sobre un tema de interés público.
La división entre el relato y la opinión de las periodistas está plenamente diferenciada y, por ende, no vulneraron los derechos fundamentales del accionante. El reportaje reprodujo denuncias reservadas y anónimas sobre violencia sexual, que es un discurso constitucionalmente protegido. Demostraron un trabajo investigativo serio, como el que exige la jurisprudencia en torno al estándar de veracidad.

La Corte Constitucional de Colombia desestimó la acción de tutela deducida por un cineasta que fue acusado de abuso sexual en un reportaje publicado por un portal feminista, al resolver que las periodistas intervinientes no vulneraron sus derechos al buen nombre, a la honra y a la presunción de inocencia.
Las periodistas publicaron un reportaje que trataba sobre ocho denuncias realizadas contra un director un cine, en las que se lo acusaba de abusar y acosar sexualmente a sus denunciantes. La publicación generó gran interés mediático, razón por la cual las periodistas fueron entrevistadas en varias ocasiones, opinando que no creían en la presunción de inocencia del hombre y que daban por sentada su culpabilidad, a pesar de no existir una denuncia formal en su contra.
Tras enterarse de estos hechos, el cineasta demandó a las comunicadoras para exigir el retiro del reportaje. Alegó una vulneración de sus derechos a la honra, al buen nombre y a la presunción de inocencia, por cuanto “(…) la presentación del relato de personas, presuntamente víctimas o terceros, en los que a partir de las interpretaciones de las periodistas lo muestran como un abusador sexual. Las demandadas, escudándose en su derecho a opinar y a expresar su visión de lo ocurrido han abordado incluso aspectos ajenos a la investigación publicada. No existe sentencia condenatoria en su contra y -según el mismo reportaje- las presuntas víctimas no tienen intención de denunciar, por lo cual no puede ser señalado, como lo hicieron las periodistas, como infractor de la ley penal y autor material de las conductas de acoso y abuso sexual”.
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