Argentina.
Resolución que rechaza regular los honorarios de dos abogadas por reputarse inoficiosas sus gestiones es improcedente. Se acreditó que poseen entidad suficiente para ser remuneradas.
La descalificación por inoficiosos de escritos presentados en los expedientes comprende aquéllas tareas inútiles, superfluas o que quiebran el encadenamiento lógico-jurídico del proceso y, por ende, no merecen retribución, habida cuenta que su inconducencia hace funcionar en el vacío los presuntos servicios profesionales.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Formosa (Argentina), acogió el recurso de apelación deducido contra una resolución judicial que negó los honorarios a dos abogadas, por estimar que sus gestiones fueron “inoficiosas”.
En un proceso sobre medidas preliminares y cautelares, dejadas sin efecto en virtud de una excepción de incompetencia, las abogadas que representaban al codemandado solicitaron al tribunal que regulara sus honorarios, en vista de que la causa estaba concluida. A raíz de esta solicitud el juez dictó una resolución en la que rechazó determinar los honorarios en favor de las letradas, por considerar que sus gestiones fueron inoficiosas.
No conformes con esta decisión, las abogadas recurrieron la resolución en segunda instancia, aduciendo que sus actuaciones no se limitaron a presentarse y constituir domicilio, dado que tramitaron la excepción de incompetencia, que es una gestión de entidad suficiente para configurar un impulso procesal. Asimismo, alegaron que “(…) sus presentaciones no fueron rechazadas in limine, y que el trabajo profesional llevado a cabo por las mismas fue mal calificado”.
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Tribunal rechaza regular nuevamente los honorarios de abogado que solicitó una mayor retribución: el tiempo invertido en la confección del escrito no lo amerita.

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