Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Sanción contra policía que consultó bases de datos policiales para obtener información personal de conocidos, se ajusta a derecho por constituir una falta grave.
Si se recibió una orden para obtener esa información, que desconocemos de quien partiría o en relación a qué asunto, no constando nada sobre esta potencial versión en la sede policial según informa el comisario jefe no podemos asumir en modo alguno el alegato exculpatorio. El hecho de mantener una relación, evidentemente mala, y un choque manifiestamente grave con el demandante, no invalida las pruebas objetivas ni impide el ejercicio de la denuncia.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (España) desestimó el recurso interpuesto por un policía sancionado con una suspensión de funciones de 75 días por la comisión de una falta grave, al ser sorprendido utilizando los registros policiales con fines personales. Estimó no acreditada la justificación de la conducta por un presunto cumplimiento de órdenes superiores y de la alegación de manipulación de las fotografías y mensaje presentados como evidencia, por ser cuestiones que fueron descartadas por una auditoría informática.
Según se narra en los hechos, el policía consultó las bases de datos policiales para obtener antecedentes personales de conocidos suyos y registró capturas de pantalla de la información para enviárselas a estas personas vía Telegram, por motivos e intereses meramente personales. Esta conducta fue reputada como una infracción a los deberes y obligaciones legales inherentes a la función policial, por lo que fue sancionado en sede administrativa.
El policía recurrió la sanción en sede judicial, aduciendo una vulneración de su presunción de inocencia, por cuanto sus superiores atribuyeron verosimilitud a las afirmaciones de la denuncia sin realizar las comprobaciones oportunas, al estimar que no existían pruebas que acreditaran que fue él y no un tercero quien incurrió en la falta. Del mismo modo, cuestionó al demandante que hizo la denuncia en su contra adjuntando las capturas de pantalla, al señalar que sus afirmaciones no eran creíbles por las rencillas personales que mantuvieron en el pasado.
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