En el que murieron 62 militares españoles en mayo de 2003 en Turquía.
TC de España concede pensión a una viuda de una de las víctimas del Yak-42.
El máximo Tribunal anula la disposición de los presupuestos generales que le retiraban la retribución tras la condena del Tribunal Supremo español.

El pleno del Tribunal Constitucional declaró inconstitucional y, por tanto, anula una disposición de los presupuestos generales de 2011 que anulaba una "pensión excepcional" concedida a la viuda de una víctima del accidente del Yak-42, ocurrido el 26 de mayo de 2003 en Turquía.
La sentencia considera que en la disposición que retiraba la ayuda, tras haber sido condenada por el Tribunal Supremo por falsificar la documentación que acreditaba que era pareja de hecho de uno de los militares, “no concurre la finalidad de utilidad pública o interés social que debe legitimar cualquier medida de naturaleza expropiatoria”.
La Sección Séptima de la Sala Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional planteó ante el TC una cuestión de inconstitucionalidad respecto de la disposición que decía: “Pensión excepcional. En atención a las circunstancias puestas de relieve por la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 18 de febrero de 2010, se anula la pensión excepcional reconocida a favor de la interesada por la Disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad”.
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