Diario Constitucional

Tutela judicial efectiva.

TC español acoge amparo en favor de mujer que quedó embarazada tras serle implantado dispositivo anticonceptivo.

El Tribunal Supremo no realizó un “análisis expreso” ni la sentencia contiene tampoco una respuesta tácita sobre las pruebas que, a juicio de la recurrente, acreditarían que el dispositivo anticonceptivo no fue implantado.

Por Redacción·12 de marzo de 2015·3 min de lectura
TC español acoge amparo en favor de mujer que quedó embarazada tras serle implantado dispositivo anticonceptivo.
Referencial

El Tribunal Constitucional español acogió un recurso de amparo deducido por una mujer que, tras someterse a la implantación de un dispositivo anticonceptivo en un hospital público de Badalona (Barcelona), quedó embarazada y dio a luz una niña a la que se le reconoció un grado de minusvalía del 70 por ciento.

En su sentencia, el TC español anuló dos resoluciones de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, que rechazó la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la recurrente contra el Institut Catalá de la Salut así como el incidente de nulidad de las actuaciones presentado con posterioridad; asimismo, ordenó al Tribunal Supremo que dicte una nueva sentencia que sea respetuosa con el derecho vulnerado, esto es, el derecho a la tutela judicial en su vertiente de derecho a obtener una resolución motivada y fundada en Derecho (art. 24.1 CE).

Al efecto, adujo la Magistratura Constitucional española que, según la jurisprudencia constitucional, el deber de motivación de los órganos judiciales no exige “un razonamiento exhaustivo y pormenorizado” sobre todas las pruebas aportadas. Basta con que, de forma explícita o incluso implícita, queden claramente expuestos los criterios jurídicos y las razones en los que se basa la decisión. En el presente caso, el Tribunal Supremo no realizó un “análisis expreso” ni la sentencia contiene tampoco una respuesta tácita sobre las pruebas que, a juicio de la recurrente, acreditarían que el dispositivo anticonceptivo no fue implantado. Entre esas pruebas, informes médicos que ponen de manifiesto que el implante no fue localizado en el brazo de la paciente a través de las pruebas radiológicas y ecográficas que le fueron practicadas tras conocerse su embarazo y estudios sobre la elevada eficacia del dispositivo y la “prácticamente nula posibilidad de embarazo” en aquellos casos en los que se coloca correctamente.

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