Trata de personas.
TEDH condenó al Reino Unido por no proteger adecuadamente a dos posibles víctimas de trata de niños.
Cuando exista una sospecha razonable de que una persona ha sido víctima de trata, los Estados deben adoptar medidas adecuadas para protegerla.

El caso se refiere a dos jóvenes vietnamitas a quienes los agentes de policía habían descubierto –siendo en esa época menores de edad–trabajando en granjas de cannabis. Fueron detenidos y acusados de delitos relacionados con el tráfico de drogas, de los que fueron declarados culpables. Tras su condena, fueron recluidos en institutos para jóvenes delincuentes.
Al momento de la detención, una autoridad competente los reconoció como víctimas de trata. Sin embargo, la Fiscalía, perseveró en su decisión de acusar y perseguir a las posibles víctimas de trata. Esta cuestión llegó a la Corte de Apelaciones, la que consideró que la decisión de procesar a los dos ciudadanos vietnamitas estaba justificada, por cuanto las víctimas de la trata de personas no adquirían automáticamente inmunidad judicial.
Los demandantes alegaron que se habían violado sus derechos consagrados en los artículos 4 (prohibición de la esclavitud y del trabajo forzado) y 6 (derecho a un proceso equitativo), toda vez que se les había procesado penalmente, siendo menores de edad y posibles víctimas de trata, calidad que fue reconocida con posterioridad.
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