Ahmed y otros contra Letonia.
TEDH levantó medidas cautelares adoptadas en un caso sobre 41 iraquíes que intentaban entrar a Letonia.
Los Estados parte del Consejo de Europa pueden controlar la entrada, la residencia y expulsión de los extranjeros, siempre y cuando estas acciones sean compatibles con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En agosto de este año, un grupo de 41 nacionales de Irak, de origen kurdo, intentaron entrar a Letonia desde la frontera con Bielorrusia para, supuestamente, solicitar protección internacional. Se trata de personas que se encontraban varadas entre fronteras.
A raíz de ello, presentaron una demanda ante el TEDH basado en los artículos 2 (derecho a la vida) y 3 (prohibición de tratos inhumanos y degradantes) del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el artículo 4 del Protocolo nº 4 (prohibición de las expulsiones colectivas de extranjeros) del Convenio. Refieren que han intentado ingresar a Letonia, lo que les ha sido negado.
En este contexto, el Tribunal decidió aplicar el artículo 39 del Reglamento del Tribunal, que permite a este, a petición de parte o de oficio, dictar “cualquier medida cautelar que consideren deba ser adoptada en interés de las partes o del buen desarrollo del procedimiento.”
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