Derecho de réplica.
Tribunal Constitucional de Austria anuló por inconstitucional una disposición de la Ley de Medios de Comunicación que obliga a quien ejerce el derecho a rectificación a pagar al medio el valor de la publicación.
El ejercicio del derecho constitucional a réplica no puede estar limitado por los valores de publicación de la réplica.

El Tribunal Constitucional de Austria anuló por inconstitucional una norma de la Ley de Medios de Comunicación que regula el ejercicio del derecho a réplica fundado en que la disposición “viola el derecho a la libertad de expresión y a la protección de la personalidad”.
El asunto se remonta 2019 cuando un medio austriaco publicó un artículo sobre los elevados costos de personal que tenían que incurrir las empresas de gastronomía para hacer efectiva la nueva norma antitabaco que un Concejal de la ciudad de Viena propuso y se aprobó.
El Concejal solicitó al medio de comunicación “la publicación de una contradeclaración” afirmando que las alegaciones publicadas “eran incorrectas o engañosamente incompletas y los costos reales incurridos eran significativamente inferiores”.
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