España.
Hombre es condenado por fracturar el rostro de una mujer y por amenazarla de muerte en presencia de los policías que la socorrieron.
La jurisprudencia ha declarado que la intimidación, como medio conminatorio y coactivo para forzar el cambio de actuación procesal, debe entenderse en un sentido amplio, habiéndose apreciado dicho delito cuando las expresiones expuestas incluso en tono moderado, son suficientemente significativas para atemorizar al denunciante.

La Audiencia Provincial de Castellón (España) condenó a un hombre que causó graves lesiones a una mujer y que insultó y amenazó de muerte a la víctima y a los policías que llegaron a socorrerla. Fue condenando por los delitos de lesiones, resistencia a la autoridad y obstrucción a la Justicia.
Según los hechos del caso, el hombre golpeó a una mujer con patadas y puños en plena vía pública. A raíz de la agresión, sufrió la fractura de su mandíbula y otras lesiones de consideración. No conforme con ello, insultó a los agentes que llegaron a arrestarlo y amenazó a la víctima, delante de ellos, de que la mataría si les contaba lo ocurrido. A raíz de las lesiones, la mujer fue ingresada a un hospital para ser intervenida quirúrgicamente.
Debido a la agresión relatada, el agresor fue juzgado y formalizado por los delitos de lesiones, resistencia a la autoridad y obstrucción a la Justicia. El fiscal del caso formuló los cargos en su contra.
Temas
Te puede interesar

Mendacidad en procesos judiciales
Litigación ética: ¿Se miente en juicio?

Estados Unidos.
Juez revoca la autorización para comercializar la píldora abortiva mifepristona.

Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Guatemala debe abstenerse de ejecutar fallo que ordena la revisión de medidas de coerción impuestas a los implicados en un caso de desaparición forzada.

