Libertad de enseñanza.
Tribunal Constitucional de España admite a trámite recurso de inconstitucionalidad interpuesto por Vox contra normas de la Ley de Protección de la Infancia y la Adolescencia.
Los recurrentes alegan que la ley incorpora en el currículo obligatorio una doctrina estatal cuyo objetivo es adoctrinar a los niños, niñas y adolescentes.

El Tribunal Constitucional de España admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del partido político Vox en contra de parte de los artículos 26, 27 y 30 de la Ley Orgánica 8/2021 sobre protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia.
Los actores consideran que las normas impugnadas pueden vulnerar, entre otros derechos, la libertad ideológica y religiosa; el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones; el derecho a la intimidad; y, el derecho a la tutela judicial efectiva.
Denuncian que el artículo 30 incluye una referencia a la “educación afectivo sexual” y que, en el mismo sentido, el Título III de la ley se refiere a que los niños, niñas y adolescentes deberán recibir “una educación afectivo sexual, adaptada a su nivel madurativo y, en su caso, discapacidad, orientada al aprendizaje de la prevención de toda forma de violencia y discriminación, con el fin de ayudarles a reconocerla y reaccionar frente a la misma”.
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