Diario Constitucional

Derecho a la libertad de expresión no vulnerado.

Tribunal de Apelación de La Haya condena a ex concejal por el delito de sedición con ocasión de publicaciones antisemita en Twitter.

Las declaraciones no pueden interpretarse como destinadas a iniciar un debate público; la redacción y el tono de ninguno de los mensajes del condenado invitan a un intercambio abierto de puntos de vista.

Por Redacción·30 de diciembre de 2022·4 min de lectura
Tribunal de Apelación de La Haya condena a ex concejal por el delito de sedición con ocasión de publicaciones antisemita en Twitter.
Referencial

El Tribunal de Apelación de La Haya condenó a un ex concejal por el delito de sedición por incitar públicamente a destruir a israelíes que se encuentran en el territorio palestino.

El caso tiene su origen luego que un concejal de La Haya a través de su cuenta pública en Twitter en la que tiene más de 31.000 seguidores publicara dos mensajes con imágenes y emoji que hacían un llamado a cometer actos de violencia en perjuicio de los israelíes que se encuentran en territorio palestino, refiriéndose a ellos de manera expresa como sionistas y enemigos del Islam que deben ser destruidos, haciendo mención a que los nazis finalmente protegieron la civilización europea en contra del sionismo.

La defensa alegó que no se trata de un caso de sedición, ya que los tuits únicamente invocaron a Alá, a quien le pidió que destruyera a los sionistas y a los enemigos del Islam, respectivamente, de acuerdo con pasajes del Corán en el Día del Juicio Final, por lo que no tenía intención de incitar a cometer un delito, sino que simplemente fueron mensajes amparados por la libertad de expresión, derecho consagrado en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

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