Derecho al respeto de la vida privada y familiar.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos acoge demanda contra Eslovenia por violar las garantías del debido proceso en juicio seguido contra un ex juez condenado por corrupción.
Debían establecerse en la ley salvaguardias y criterios para evitar abusos y garantizar la proporcionalidad de la medida. Sin embargo, la ley que regulaba la conservación de datos vigente en el momento de la condena del demandante no contenía ninguna disposición que definiera el alcance y la aplicación de la medida.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Eslovenia por vulnerar los derechos de un ex juez condenado por corrupción. Constató una vulneración del artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada y familiar) del Convenio Europeo de Derechos Humanos
Un ex juez de un tribunal de distrito fue arrestado en 2011 por su presunta aceptación de sobornos relacionados con un caso de fraude y delitos relacionados con la prostitución. Durante el juicio, dos coacusados admitieron su culpabilidad, lo que resultó en la separación de los casos. El juez fue condenado basándose en testimonios de los coacusados y datos de telecomunicaciones obtenidos por la policía.
El hombre presentó varias impugnaciones, alegando falta de imparcialidad del juez de primera instancia y acceso ilegal a sus datos electrónicos. Sin embargo, las apelaciones y denuncias constitucionales que presentó fueron desestimadas por los tribunales superiores, que confirmaron los fallos dictados en su contra. Acusó que se le había negado la posibilidad de hacer preguntas a los coacusados en el tribunal, y que la jueza de primera instancia no había dimitido, a pesar de haber aceptado la admisión de culpabilidad de los coacusados, lo que generó dudas sobre su imparcialidad.
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