Alquiler de vientres.
Tribunal Europeo de Derechos Humanos respaldó decisión de Islandia que negó el reconocimiento de los vientres de alquiler.
Las autoridades islandesas negaron la posibilidad de reconocer la filiación entre una pareja de lesbianas y su hijo no biológico nacido por gestación subrogada en los Estados Unidos.

El asunto se refiere al no reconocimiento de una relación de filiación entre las dos primeras demandantes, y el tercero que nació por gestación subrogada en California. El Registro Civil de Islandia negó la solicitud de inscripción del tercer demandante como ciudadano islandés, puesto que el niño había nacido en otro país y era hijo biológico de la madre subrogada, de nacionalidad americana. Por lo anterior, consideraron al demandante como un ciudadano extranjero y menor no acompañado. Dicha decisión fue confirmada por el Ministerio del Interior.
Las demandantes solicitaron la revisión judicial de esta determinación, solicitando que se declarase su nulidad. El caso llegó a la Corte Suprema, la que estimó que las autoridades islandesas tienen el derecho a negarse a reconocer vínculos familiares contrarios a los principios fundamentales del derecho islandés. Al respecto señaló que la ley sobre fecundación artificial y uso de gametos de embriones prohibía explícitamente la maternidad subrogada.
Los demandantes alegaron que con tal decisión se habría vulnerado el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que reconoce el derecho al respeto de la vida privada y familiar.
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Comentarios (1)
Carmen Ibarlucea Gracias por la información. Estoy totalmente en contra de la maternidad subrogada por las mismas razones que el estado Islandés pero me gustaría saber ¿Y que ha pasado con el niño? ¿Dónde está? ¿Quién lo cuida? porque el factor humano también debe ser noticia.
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