Menosprecio a Poder Judicial.
Tribunal Superior de Andalucía confirma multa impuesta a un abogado por emitir descalificaciones contra Jueza.
El TSJA concluye sosteniendo que las expresiones referidas por el abogado "evidencia un claro menosprecio a la función jurisdiccional que en nada contribuye a una mejor argumentación jurídica del recurso de apelación contra el auto de prisión".

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), confirmó una multa de 3.000 euros que la Audiencia Provincial de Sevilla impuso a un abogado, por la comisión de «una falta de respeto debido al Poder Judicial como Institución», como consecuencia de sus críticas a la Magistrada que investiga los expedientes de regulación de empleo irregulares, a la que acusó de «pretender» la «muerte civil» de su cliente, entre otras afirmaciones.
Al efecto, la Sala de Gobierno del Alto Tribunal andaluz, rechazó el recurso de alzada deducido por el abogado y confirmó el acuerdo de 28 de enero de 2014 en el que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla le impuso una multa de 3.000 euros por las «descalificaciones innecesarias» incluidas en su recurso contra el auto de prisión eludible bajo fianza de 600.000 euros que dictó la Magistrada en relación a su cliente.
El profesional argumentó en su defensa el legítimo ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión en relación al artículo 542.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 33 del Estatuto General de la Abogacía, «cuando establecen que en su actuación ante los juzgados y tribunales los abogados son libres y serán amparados por aquellos en su libertad de expresión con el privilegio de la inmunidad o el derecho a no ser perseguidos por el ejercicio de la misma».
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