Causalidad en sede civil.
Tribunal Superior de Justicia de la Pampa revocó una condena civil por el fallecimiento de un hombre que sufrió un infarto mientras participaba en un torneo deportivo.
La parte demandante no pudo probar que la ausencia de un desfibrilador había configurado una condición sine qua non de la muerte.

El Tribunal Superior de Justicia de la Pampa (Argentina), revocó la sentencia que condenó al club deportivo que organizó el evento deportivo y, en consecuencia, rechazó la demanda por daños y perjuicios impetrado por la familia del jugador.
El caso se refiere a un campeonato amateur de bochas, en el que uno de sus participantes falleció como consecuencia de un paro cardiorrespiratorio. Frente a esta situación, sus familiares interpusieron una demanda civil por daños, la que se fundó en el incumplimiento de la obligación de seguridad que rige en todo espectáculo deportivo.
El Tribunal Superior centró su análisis en la relación de causalidad de la supuesta omisión del club deportivo de contar con un desfibrilador, y el resultado de muerte del participante del torneo.
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