Error sobre edad de la víctima
Tribunal Supremo de España absuelve a hombre condenado por abuso sexual a menor por «error de tipo»
Acogió el recurso de casación del condenado al considerar que el acusado desconocía la edad real de la adolescente y el delito no contempla modalidad culposa.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de España acogió el recurso de casación presentado por un hombre condenado por abuso sexual a una menor, lo que ha resultado en su absolución. La decisión se basa en la concurrencia de un «error de tipo» relacionado con la edad de la adolescente.
El caso involucra a un hombre mayor de edad que mantuvo una relación con una joven de 15 años. Previamente, la Audiencia Provincial de Madrid lo había condenado como autor de un delito continuado de abuso sexual, imponiéndole penas de diez años y un día de prisión, inhabilitación absoluta durante la condena, libertad vigilada por ocho años con obligación de participar en programas de educación sexual, y una inhabilitación especial de trece años y un día para cualquier profesión que implique contacto directo con menores. Esta condena fue posteriormente confirmada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Según el expediente, el acusado siempre sostuvo que la menor le había manifestado tener 16 años y que la relación de pareja que mantenían era «consentida por la familia de la menor y los amigos».
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