Diario Constitucional

Indulto.

Tribunal Supremo de España rechazó la solicitud de Vox que pretendía suspender el indulto concedido a un líder del proceso independentista de Cataluña.

La concesión de la medida podría afectar de manera irreversible al indultado, en el caso de que el indulto sea confirmado por el Tribunal Supremo.

Por Redacción·18 de julio de 2021·1 min de lectura
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Referencial

El Tribunal Supremo rechazó la medida cautelar solicitada por parlamentarios de Vox y Ciudadanos que buscaba suspender el Real Decreto 461/2021, por el que se indultó a uno de los líderes del proceso independentista catalán.

Sin entrar a conocer la legalidad del indulto, el Tribunal consideró que no concurrían las circunstancias que hacían procedente la medida solicitada. Al respecto, consideró que “la aplicación del indulto, y no suspensión del mismo, no impide, si así se declara en una eventual sentencia favorable a las pretensiones de los recurrentes, el cumplimiento en su momento de la pena de privación pendiente, de manera que con la ejecución del indulto no se producen consecuencias o situaciones de difícil reversión que puedan hacer perder su finalidad legítima al recurso”

Enseguida, el fallo señala que la solicitante no había valorado suficientemente los perjuicios a que podría dar lugar la concesión de la medida solicitada. Ello, en virtud de que, si el indultado continuara cumpliendo una pena privativa de libertad, y con posterioridad se ratificase judicialmente el indulto, se producirían graves e irreversibles consecuencias.

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