Diario Constitucional

Recurso de protección acogido, con voto en contra.

Bloquear un ducto que traslada desechos industriales de un tercero es un acto de autotutela, resuelve la Corte Suprema.

El ducto atraviesa los predios de las recurridas, quienes bloquearon la cañería de forma arbitraria, impidiendo a la recurrente acceder a su reparación, hecho que fue calificado por la magistratura como una vía de hecho, contraria a la buena fe inicial de las recurridas de permitir la instalación de la estructura.

Por Redacción·26 de octubre de 2023·3 min de lectura
Imagen: Revistapetroquimica.com
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La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Valdivia, que acogió el recurso de protección interpuesto por una empresa agrícola en contra de otras dos del mismo rubro, por bloquear un ducto que traslada residuos industriales de la recurrente y que pasa por terrenos de las recurridas.

La actora sostuvo que, desde el 29 de marzo de 2023, trabajadores de la recurrida han impedido el ingreso de sus empleados para revisar la tubería que traslada los residuos industriales (relaves) que produce en su faena, ducto que fue bloqueado injustificadamente por las recurridas, vulnerando el derecho de propiedad, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y el derecho a desarrollar una actividad económica.

Asimismo, refiere que las propias recurridas aceptaron la construcción del ducto, por lo que, a pesar de tener nuevos dueños, no puede ser desconocida aquella buena fe inicial para la instalación de la obra; por lo tanto, solicita a la Corte que ordene el desbloqueo de la cañería, así como el ingreso de los trabajadores de la actora para que puedan efectuar las mediciones ambientales respectivas.

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