Diario Constitucional

En primer trámite constitucional.

Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de cargos electivos.

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó –por 104 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones– el proyecto, iniciado por mensaje, que establece un sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a la Presidencia de la República, Parlamentarios y Alcaldes. La iniciativa establece las primarias voluntarias para la nominación de…

Por Redacción·05 de enero de 2012·2 min de lectura
Cámara de Diputados aprobó proyecto de ley que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de cargos electivos.
Referencial

La Sala de la Cámara de Diputados aprobó –por 104 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones– el proyecto, iniciado por mensaje, que establece un sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a la Presidencia de la República, Parlamentarios y Alcaldes.

La iniciativa establece las primarias voluntarias para la nominación de candidatos en las elecciones presidenciales, parlamentarias y de alcaldes, siendo el Consejo General de cada partido el órgano competente para adoptar esta decisión. Sin embargo, una vez aprobada la realización de una primaria, sus resultados serán vinculantes tanto para los candidatos que hayan participado como para el partido político o pacto electoral que la haya organizado. El proyecto establece medidas precisas para cada tipo de elección, disposiciones comunes al proceso de elecciones primarias para elegir Presidente, Parlamentario o Alcalde, normas sobre gasto electoral y sanciones por infracciones a lo dispuesto en la ley.

En cuanto a las disposiciones comunes, destaca la norma que exige a los partidos políticos adjuntar, para cada territorio electoral, la determinación del padrón electoral y la forma de determinar a los candidatos que en definitiva resultarán nominados luego de la elección. Así mismo, se regula la posibilidad de realizar primarias en pacto electorales formados por más de un partido político. Finalmente, se incorpora una norma que señala que “en caso que un elector tenga derecho a sufragar en las elecciones primarias de más de un partido político o pacto electoral, deberá libremente elegir en cuál de ellas desea sufragar”. La supervisión del proceso electoral queda radicada en el Servicio Electoral, mientras que la calificación de la elección será de competencia de los órganos de justicia electoral.

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