Diario Constitucional

Recurso de protección acogido.

Carabineros debe reintegrar a funcionario luego que modificara la medida disciplinaria de baja de las filas institucionales por la de arresto, a pesar de que la nueva sanción está impugnada a través de recurso jerárquico.

Además, debe pagar las remuneraciones y demás beneficios devengados durante el tiempo que estuvo separado de la institución.

Por Redacción·17 de abril de 2022·4 min de lectura
Imagen: cooperativa.cl
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La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que acogió el recurso de protección interpuesto en contra de Carabineros de Chile por un funcionario que solicitó su reintegro, luego que se modificara la medida disciplinaria que le fuere impuesta por mala conducta.

En su libelo, el actor señala que, por resolución de marzo de 2021, se modificó la medida disciplinaria de separación de las filas institucionales con efecto inmediato aplicada en el año 2018, por la de arresto por 15 días.

Añade que, junto con impugnar la medida a través de recurso jerárquico, solicitó el reintegro a sus funciones policiales, sin embargo, se rechazó la petición por estimar pendiente la resolución del recurso incoado, pues la medida disciplinaria no estaría firme. Alega que ello es contrario a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley N°19.880, ya que la interposición de recursos administrativos no suspende la ejecución del acto impugnado y vulnera su derecho a la igualdad ante la ley y libertad de trabajo por cuanto a los carabineros a quienes se les aplica una sanción administrativa de 15 días de arresto no se les destituye del cargo y siguen cumpliendo sus funciones policiales, lo que se ve agravado porque se le ha negado el derecho a recibir su remuneración con lo cual se transgrede su derecho de propiedad.

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