Recurso de protección desestimado.
Comunicado de Comité de Administración sobre acciones judiciales a ejercer por la utilización de fondos del condominio, no constituye un acto ilegal ni arbitrario.
El informativo no menciona a la administración anterior ni atribuye los hechos a personas determinadas.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de La Serena, que desestimó el recurso de protección interpuesto por ex miembros del Comité de Administración de un condominio en contra de las actuales autoridades, denunciando la vulneración de su derecho a la honra.
Los actores denunciaron que las recurridas cuestionaron su ejercicio durante más de cuatro años, acusándolos de irregularidades, culpándolos de falta de mantención de implementos, y acusándolos públicamente de utilizar con fines ilícitos los recursos del condominio sin rendir cuenta. En tal contexto, emitieron un comunicado que hace referencia a un presunto proceso sobre juicio de cuentas y/o eventual indemnización por el aparentemente ilícito uso de los fondos entregados al Comité anterior, para arreglo de los ascensores, realizado el año 2015.
Afirmaron que efectivamente existe un proceso pendiente, pero sólo por rendición de cuentas y no por indemnización ni ejercicio ilícito respecto de los fondos que se proveyeron, no existiendo pronunciamiento alguno de tribunales y menos acción impetrada por las recurridas ni otra entidad o persona que ataque el aparente uso ilícito de su administración.
Te puede interesar

Derecho de propiedad.
Recurso de protección contra Comité de Administración de Condominio que amenaza con cortar servicio eléctrico y dejar de recibir encomiendas ante morosidad de gastos comunes, se ordena tramitarlo.

Reglamento de Copropiedad.
CS declara admisible recurso de protección contra Comunidad de Edificio que solicitó a una propietaria poner término al contrato de arrendamiento celebrado.

Igualdad ante la ley.
CS dejó sin efecto suspensión del servicio de electricidad que autorizó el Comité de Administración de un edificio.

