Rechazaron recurso de nulidad
Consulta de jueces del TOP por el avalúo fiscal de una camioneta objeto de juicio no vulnera el debido proceso.
El tribunal de base solicitó el avalúo fiscal del bien en litigio por apropiación indebida, actuación que no vulnera la imparcialidad del juzgador, pues la consulta se hizo a una entidad que maneja información pública y notoria.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito consumado de apropiación indebida.
El 13 de junio de 2017, la víctima puso a la venta una camioneta, para lo cual se la entregó al imputado, quién supuestamente tenía un comprador ya interesado, el que posteriormente se desistió, quedando el vehículo guardado en el domicilio del encausado en la comuna de Maipú, lugar donde sería exhibido a futuros interesados. Para efectos de una eventual venta, pactaron como condición una comisión y gastos de bodegaje. A comienzos del año 2020, la víctima, teniendo un potencial comprador intentó recuperar materialmente el vehículo motorizado entregado previamente al acusado, a fin de concretar la venta, quien puso una serie de trabas para devolver el vehículo a su dueño y, por ende, poder acceder a la concreción del negocio, perdiendo el contacto de éste y sin obtener la devolución del vehículo, apropiándose el acusado Araneda Riveros de la camioneta, avaluada fiscalmente en la suma de $7.360.000.
En contra de la sentencia, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal establecida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso al ser juzgado por un tribunal parcial.
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