Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Control de tránsito a raíz de maniobras evasivas para huir de Carabineros es una actitud sospechosa que habilita a efectuar un control de identidad y registro.

El acusado junto a un tercero intentó evadir un control vehicular, levantando las sospechas de la policía que al controlar al acusado observaron que intentaba ocultar más de un kilo de flores secas de cannabis.

Por Redacción·02 de diciembre de 2023·3 min de lectura
Control de tránsito a raíz de maniobras evasivas para huir de Carabineros es una actitud sospechosa que habilita a efectuar un control de identidad y registro.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, que condenó al imputado a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas.

El día 27 de febrero del 2019, a las 23:40 horas, en la Ruta 5 Norte, kilómetro 163, comuna de La Ligua, funcionarios de Carabineros realizaban controles aleatorios de los vehículos que se dirigían en dirección al sur, solicitando en ese contexto la detención del automóvil, que antes de detenerse, realiza una maniobra evasiva del personal policial. En ese contexto se solicita la documentación pertinente al conductor que era acompañado por el acusado, y además, por un tercero ubicado en los asientos traseros del móvil; siendo en esos momentos que el acusado abrió la puerta delantera derecha del vehículo, lo que es frustrado por uno de los funcionarios, realizándose a raíz de todo ello un control, durante el cual se halló al interior de la cabina del móvil una mochila conteniendo la cantidad de 1.072,3 gramos netos de sumidades floridas secas de cannabis sativa, empaquetada en plástico transparente, por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.

Comentarios (2)

  1. Pablo

    por jueces incapaces y protectores de delincuentes y traficantes estamos así de mal hoy en día.Qje horror

    1. Juan Carlos

      Por ciudadanos que no entienden lo que leen -si es que leen- y terminan votando por políticos incapaces y protectores de delincuentes y traficantes, estamos así de mal. Son como el perro de Pavlov, están amaestrados y hace rato que no piensan.

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