Alteración de la calificación jurídica de los hechos.
Corte de La Serena acogió recurso de nulidad y estimó ajustado a derecho el despido fundado en el desahucio escrito del empleador.
El tribunal estimó que el actor desempeñaba un cargo de exclusiva confianza del Director Regional del Instituto de Investigaciones Agropecuarias.

La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo, que acogió la demanda de despido improcedente deducida en contra del Instituto de Investigaciones Agropecuarias.
El fallo indica que el demandado se alzó de nulidad invocando la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior.
Agrega que el recurrente sostuvo que, no obstante los hechos fijados por el sentenciador, los que daban cuenta que el cargo desempeñado por el actor era de exclusiva confianza del Director Regional, terminó calificándolos de una manera distinta al considerar que éste no ostentaba la calidad necesaria para la aplicación de la causal de despido establecida en el inciso segundo del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, desahucio escrito del empleador.
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