Dicta orden de no innovar.
Recursos de protección deducidos por club de fútbol de la Región de Magallanes en contra de la ANFP se admiten a trámite por Corte de Punta Arenas.
Por suspender partido que se disputaría en el Estadio Fiscal de Punta Arenas, el domingo 30 de junio recién pasado, entre el club de fútbol recurrente y la escuadra de Huachipato, por “condiciones climáticas adversas, y dar por ganador al club visitante.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas declaró admisibles los recursos de protección deducidos por el Club Deportivo Presidente Carlos Ibáñez y el capitán del equipo, Sebastián González Jil, en contra de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) y dio lugar a la orden de no innovar solicitada solo respecto de la decisión impugnada.
En fallos unánimes la Primera Sala del tribunal de alzada acogió a tramitación las acciones constitucionales deducidas en contra de la ANFP que suspendió el partido que se disputaría en el Estadio Fiscal de Punta Arenas, el domingo 30 de junio recién pasado, entre el club de fútbol recurrente y la escuadra de Huachipato, por “condiciones climáticas adversas”.

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