En fallo unánime.
Corte de Rancagua confirmó sentencia que ordenó a empresa agrícola reforestar bosque nativo talado sin contar con autorización de CONAF.
El Tribunal de alzada confirmó la sentencia, dictada el 21 de junio pasado por el Juzgado de Policía Local de Machalí, al establecer la tala ilegal.

En fallo unánime, la Corte de Rancagua confirmó la sentencia recurrida que condenó a la empresa Verde Valle a reforestar área de bosque nativo que explotó sin contar con la autorización de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), debiendo, además presentar un plan de manejo.
La sentencia del Tribunal de alzada sostiene "que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley N° 20.283 los funcionarios de la Corporación Nacional Forestal tendrán el carácter de ministro de fe en todas las actuaciones que deban realizar para el cumplimiento de esa labor, por lo cual existiendo una contradicción entre lo denunciado por Conaf y lo alegado por el denunciado, debe tenerse por cierto la infracción tal como lo reconoce la sentencia, por ello y apareciendo de las fotos acompañadas por la denunciante a estos autos, que efectivamente se realizó una tala o corte de bosque sin la correspondiente autorización de Conaf, resulta pertinente dar lugar a lo solicitado por el apelante y acceder a la obligación del denunciado de reforestar a fin de resarcir el daño provocado".
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