En forma unánime.
Corte de Santiago confirma fallo que multó a empresa por verter aguas servidas en planta de tratamiento.
Se acogió la demanda presentada por la administración de comunidad industrial de Lampa.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de casación en la forma deducido en contra de la sentencia que acogió demanda presentada por la administración de comunidad industrial de Lampa en contra de empresa que vertió aguas servidas en planta de tratamiento, contraviniendo reglamento de copropiedad.
En su sentencia, expone que, según el recurrente, de conformidad a la norma transcrita, los motivos undécimo y décimo tercero del fallo serían contradictorios; sin embargo de la lectura de los fundamentos del recurso de nulidad se desprende que la causal se asienta en una discrepancia con la fuente de la que deriva la multa que fue impuesta y no con una real ausencia de consideraciones", sostiene el fallo.
Y es que, en efecto, el juez a quo en el motivo undécimo del fallo, explica que la procedencia de la multa cursada está fundada, en la contravención del Reglamento de Copropiedad, modificado el 13 de marzo de 2008, en los acuerdos de la Asamblea de Copropietarios y del Comité de Administración, y en sus respectivas actas, cúmulo de normas que resultan idóneas en orden a justificar la multa cuyo pago de exige en la demanda. Que a la luz de estos antecedentes, en el motivo décimo tercero el juez razona en orden a descartar la aplicación de la Ley 19.537, en atención a que la multa fue prevista en la propia reglamentación que se dieron los comuneros, de ahí la improcedencia de aplicar la norma supletoria que se propone".
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