Reclamación rechazada
Corte de Santiago confirma sanción de SUSESO a profesional que emitió licencias sin respaldo médico
La Corte confirmó la multa impuesta a una profesional por extender licencias médicas sin respaldo clínico suficiente, al concluir que la SUSESO actuó dentro de sus competencias, motivó adecuadamente sus decisiones y fundamentó la sanción en criterios técnicos psiquiátricos.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación judicial interpuesta en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), que le aplicó una multa de 15 UTM a la actora por emitir tres licencias médicas con evidente ausencia de fundamento médico.
La profesional impugnó la resolución que rechazó un recurso de reposición y confirmó la sanción por tres licencias de 30 días cada una, emitidas a tres pacientes diferentes en junio y julio de 2022. Alegó que la resolución recurrida era ilegal y arbitraria, pues carecía de fundamentación suficiente y no analizaba adecuadamente los antecedentes clínicos aportados.
Sostuvo que las licencias cuestionadas fueron emitidas a pacientes con diagnósticos de trastorno mixto de ansiedad y depresión, reacción al estrés agudo y episodio depresivo moderado. Añadió que su decisión médica se basó en la sintomatología presentada y en la necesidad de reposo.
A su juicio, la resolución sancionatoria infringió el deber de motivación y vulneró la garantía del debido proceso, ya que la SUSESO no habría valorado adecuadamente los antecedentes clínicos ni considerado sus argumentos.
Por su parte, la Superintendencia solicitó el rechazo del reclamo, señalando que su actuación se ajustó a la Ley N° 20.585 sobre otorgamiento y uso de licencias médicas. Explicó que un médico psiquiatra de la institución revisó los antecedentes y concluyó que las licencias carecían de fundamento, al no describir suficientemente los cuadros clínicos ni justificar la incapacidad laboral temporal.
La Corte de Santiago rechazó la reclamación. Explicó que la reclamación se interpuso conforme al procedimiento regulado en los artículos 5° de la Ley N° 20.585 y 58 de la Ley N° 16.395, y que su rol se limita a verificar que la autoridad haya actuado dentro de sus competencias y conforme al procedimiento establecido.
El fallo señala que las resoluciones administrativas cuestionadas se encuentran debidamente fundadas, conteniendo una exposición detallada de los motivos técnicos y médicos que llevaron a concluir la falta de fundamento en las licencias emitidas.
La Corte sostuvo que la autoridad examinó los antecedentes clínicos disponibles, determinando que las licencias fueron extendidas sin precisar datos objetivos sobre la evolución de los síntomas, antecedentes psiquiátricos previos, examen mental o deterioro funcional que justificaran reposos tan prolongados.
Asimismo, el tribunal enfatizó que la SUSESO razonó de manera clara y suficiente al señalar que las licencias médicas cuestionadas carecían de respaldo diagnóstico.
En este sentido, la Corte recogió las conclusiones del informe técnico, señalando que, “(…) los cuadros clínicos descritos no se condicen con la gravedad de los diagnósticos consignados ni con los objetivos terapéuticos planteados, careciendo por tanto las licencias de fundamento médico suficiente y del rol terapéutico que debe justificar su otorgamiento”.
Sobre esa base, la Corte concluyó que no se configuraban las infracciones alegadas por la reclamante, por cuanto la SUSESO actuó dentro del ámbito de sus atribuciones legales y siguiendo el procedimiento previsto por la normativa aplicable. Añadió que las resoluciones impugnadas se encuentran debidamente motivadas y que la sanción impuesta resulta proporcional a la gravedad de la conducta constatada.
En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó la reclamación interpuesta.
Vea sentencia Corte de Santiago Rol N° 724-2025 (Contencioso Administrativo).
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