Daño moral.
Corte de Santiago confirma sentencia que condena a Hotel Manquehue indemnizar daño moral por incumplimiento en organización de matrimonio.
La delicada situación emocional de la novia agrava aún más el daño moral producido por el incumplimiento de la demandada.

La Corte de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia, que acogió la demanda de indemnización de perjuicios en contra del Hotel Manquehue, y lo condenó a indemnizar el daño moral ocasionado por incumplimiento de contrato de organización de celebración de matrimonio.
En su libelo, los actores explicaron que suscribieron un contrato de arrendamiento con la demandada de servicios de banquetería, muebles y equipamiento para la celebración de su matrimonio. Sin embargo, se vieron afectados por una serie de malos ratos, debido al cambio de personal y a la falta de coordinación del hotel, agravado ello, por la especial celebración y por la muerte de la madre de la novia.
Agregan que, con una semana de anticipación al matrimonio, le informaron que la encargada del mismo no se encontraba trabajando en el hotel. A los dos días de la celebración, también se percataron que el establecimiento no tenía la decoración elegida por ellos, por lo que debieron elegir y conformarse con otra que se encontraba disponible en esa oportunidad. Además, en el evento tampoco se sirvió el licor estipulado, y antes de finalizar la fiesta, pactada hasta las 5:00 am, dejaron de servir tragos al novio e invitados. Además, los robots con luces contratados salieron a una hora más tarde que la convenida, cuando muchos invitados se habían ido.
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