Por unanimidad.
Corte de Santiago confirma sentencia que rechazó demanda de estudiantes de la carrera de perito criminalístico contra Universidad.
la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó resolución que rechazó la demanda por publicidad engañosa presentada por un grupo de estudiantes de la carrera de perito criminalístico de la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM).

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó resolución que rechazó la demanda por publicidad engañosa presentada por un grupo de estudiantes de la carrera de perito criminalístico de la Universidad Tecnológica Metropolitana (UTEM).
En su sentencia, arguye el Tribunal de alzada que, en el caso de autos, la parte apelante se limita a confrontar el razonamiento del tribunal con el suyo, materia que de acuerdo a la doctrina es insuficiente ya que se ha establecido el criterio de que, en los procesos en que se analiza y valora la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, en principio, se ha de respetar la valoración de la prueba realizada por los jueces del fondo siempre que esta no sea manifiestamente ilógica, irracional, arbitraria o absurda o que conculque principios generales del derecho, sin que esté permitido sustituir la lógica o la sana crítica del juzgador por la de la parte. Es decir, en la valoración de la prueba practicada en el curso del proceso debe primar el criterio objetivo e imparcial del Juzgador de Instancia sobre el juicio hermenéutico, subjetivo y parcial de la parte recurrente, de modo que es preciso acreditar una equivocación clara y evidente en el juicio valorativo del órgano jurisdiccional para acoger este motivo de impugnación.
Atendido lo expuesto, estos sentenciadores concluyen que, en el presente caso, la ponderación probatoria llevada a cabo en la resolución impugnada resulta racional en sus planteamientos y lógica en su desarrollo por lo cual no es apreciable incongruencia alguna entre la prueba practicada en la instancia y el concreto pronunciamiento condenatorio motivo por el cual deberá rechazarse el recurso de apelación promovido en autos.
Te puede interesar

Por unanimidad.
Corte de Santiago revocó parcialmente sentencia que condenó a sostenedora a pagar indemnización por accidente de menor en colegio.

Falta de atención.
CS rechaza casaciones y confirma sentencia que condenó a Clínica y pediatra por muerte de recién nacido.

Por unanimidad.
CS rechazó casación y condena a Conaf por accidente ocurrido en Cerro Ñielol.

