Recurso de reclamación rechazado.
Corte de Santiago ordena a la Dirección General de Movilización Nacional entregar información por ley de transparencia.
El Tribunal de alzada descartó error en la resolución que ordenó la entrega de información que no está cubierta por alguna causal de reserva o secreto.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación deducido en contra del Consejo para la Transparencia (CPLT) que le ordenó a la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN) entregar información solicitada por ley de transparencia.–
El fallo señala que según consta de los antecedentes del procedimiento de amparo rol C6504-21, tanto al momento de responder el requerimiento de acceso, como al remitir información complementaria al solicitante, la DGMN únicamente se limitó a sostener respecto de la solicitud de información, que el contenido del documento denominado ‘Plan de Protección y Control, Responsabilidades y Obligaciones del Personal de Guardia’ es de carácter reservado, sin hacer ninguna alegación para fundar dicha afirmación, ni tampoco se amparó el alguna de las causales de reserva del artículo 21 de la LT, en relación a la afectación a la seguridad de la Nación.
La resolución agrega que, la DGMN al efectuar los descargos en el reclamo deducido en su contra, mediante Oficio DGMN.SDG (P) Nº 6800/244/ CPLT, de 30 de septiembre de 2021, señaló que ‘no existen causales de reserva o secreto que alegar y la información se entregó como estaba disponible’.
Te puede interesar

Recurso de queja desestimado.
Obligación de constituir legalmente mandato judicial no fue suprimida durante el estado de excepción constitucional.

Recurso de casación en el fondo rechazado.
No procede aplicar a las sanciones administrativas el plazo de prescripción de las faltas, previsto en el artículo 97 del Código Penal.

Recurso de casación en el fondo acogido.
Municipalidad de Futaleufú deberá pagar a profesora todas las remuneraciones que le correspondían, mientras estuvo separada del ejercicio de su cargo.

