Derecho a la vida.
SEREMI de Salud deberá completar esquema de inoculación de persona con enfermedad autoinmune con la vacuna Pfizer.
La actora acreditó padecer una enfermedad autoinmune y haber presentado efectos adversos luego de aplicarse la primera dosis de la vacuna Coronavac.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, y acogió el recurso de protección deducido por un particular en contra de la SEREMI de Salud de Valparaíso, fundado en no permitirle completar su esquema de vacunación contra el COVID-19, al negarse a inocularla con la vacuna Pfizer, pese a la recomendación de su médico tratante.
La actora denunció un retraso en su proceso de vacunación, ya que, al informar los efectos adversos luego de recibir la primera dosis de la vacuna Sinovac, la recurrida sólo le otorgó como alternativa levantar el informe ESAVI (Eventos Supuestamente Atribuidos a Vacuna e Inmunizaciones), negándole la vacuna Pfizer, pese a presentar una enfermedad autoinmune debidamente certificada, lo que a su juicio vulnera el derecho a la salud.
La recurrida señaló que**,** ante la falta de reporte por parte de la actora del evento ESAVI por la sintomatología presentada luego de ser inoculada con la vacuna Coronavac y que podría asociarse a dicha vacunación, se dispuso la activación del protocolo, lo que fue reportado a la enfermera de la Unidad del Programa Nacional de Inmunizaciones de la SEREMI de Salud y al Departamento de Prevención y Control de Enfermedades (DIPRECE) del Ministerio de Salud. No obstante, el ESAVI fue calificado como “No Serio”, es decir, no implica una contraindicación con la aplicación de la segunda dosis, ni justifica un cambio de esquema de vacunación.
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