Ley de Transparencia
Corte de Santiago rechaza por extemporáneo reclamo del Registro Civil contra decisión de amparo del CPLT
El tribunal determinó que la acción fue presentada fuera del plazo legal de quince días previsto en la Ley de Transparencia, motivo por el cual no se pronunció sobre el fondo del reclamo, manteniéndose firme la resolución que ordenó entregar la información sobre duplicados de placas patentes solicitados por personas jurídicas.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por el Servicio de Registro Civil e Identificación en contra de la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó entregar un listado de solicitudes de duplicado de placas patentes vehiculares correspondientes a personas jurídicas durante septiembre de 2024.
La solicitud de acceso a la información incluyó específicamente el listado de patentes a las que se solicitó duplicado, indicando además la placa patente, la fecha de solicitud y la oficina donde se realizó el trámite. El Servicio de Registro Civil inicialmente denegó la entrega, argumentando que no constituía información pública según la Ley de Transparencia, que afectaría el debido cumplimiento de sus funciones, que podría vulnerar derechos de terceros y que existía un deber legal de confidencialidad. El CPLT acogió parcialmente la solicitud y ordenó entregar la información solo respecto de personas jurídicas.
El Servicio de Registro Civil reclamó la ilegalidad de la decisión, reiterando los argumentos de la denegación inicial.
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