Ley de Urgencia
Corte de Santiago rechaza reclamo de clínica multada por exigir pagaré durante atención de urgencia
El tribunal confirmó la legalidad de la multa de 500 UTM impuesta por la Superintendencia de Salud, al constatarse que la clínica exigió una garantía económica en contexto de una urgencia vital, contraviniendo expresamente la normativa sanitaria, y desestimó el reclamo por haber sido interpuesto contra una resolución distinta a la contemplada en la ley

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por Clínica Bicentenario SpA contra la Superintendencia de Salud, que le impuso una multa de 500 UTM por infracción al artículo 173 inciso 7° del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud.
La reclamante alegó que no se configuró tal infracción, ya que el pagaré solicitado al cónyuge de una paciente se efectuó una vez concluida la estabilización médica, es decir, fuera del período de protección legal establecido por la norma, por lo que la sanción no se ajustaría a derecho. Solicitó su revocación o, en subsidio, su rebaja al mínimo legal de 10 UTM.
La Superintendencia instó por el rechazo del reclamo, argumentando que quedó acreditado que se exigió una garantía económica durante una atención de urgencia vital, en contravención directa a la normativa sanitaria, y que sus facultades fiscalizadoras comprenden la revisión posterior de los antecedentes clínicos para determinar si correspondía o no la solicitud de dicha garantía.
Te puede interesar

Nulidad laboral acogida
Corte reduce multa tras determinar error en clasificación de mediana empresa como “gran empresa”

Invalidación de oficio
Corte Suprema anuló fallo por error en cálculo indemnizatorio y por considerar a terceros ajenos al juicio

Orden de expulsión
Corte Suprema confirma expulsión de médico colombiano condenado por almacenamiento de pornografía infantil

