Diario Constitucional

Con voto en contra.

Corte de Talca desestimó impugnaciones deducidas contra sentencia que otorgó indemnización por daño moral a herederas de trabajador fallecido.

La demandada fue condenada a pagar $30.000.000 a las hijas de la víctima de un accidente del trabajo.

Por Redacción·27 de mayo de 2021·3 min de lectura
Corte de Talca desestimó impugnaciones deducidas contra sentencia que otorgó indemnización por daño moral a herederas de trabajador fallecido.
Referencial

La Corte de Apelaciones de Talca desestimó los recursos de nulidad deducidos en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, que acogió la demanda de indemnización de perjuicios por daño moral interpuesta por las herederas de un trabajador que falleció a raíz de un accidente del trabajo.

El fallo indica que las actoras se alzaron de nulidad invocando la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo. A su vez, la demandada dedujo, de manera subsidiaria, las causales previstas en los artículos 478 letra c) y b) y 477 del Estatuto Laboral.

Respecto de la impugnación de la demandada, la Corte refiere que la acción sub lite se basó en el derecho que el trabajador habría transmitido a sus herederas como consecuencia de un accidente laboral, a raíz de lo cual demandaron una indemnización por el daño moral que, según las actoras, sufrió aquél, de manera que, conforme a lo prevenido por el artículo 420 letra f) del Código del Trabajo, la cuestión cabe en la competencia que la ley asigna al juzgado del trabajo, sin perjuicio de lo que quepa decidir sobre el fondo de ello. En consecuencia, no hay incompetencia.

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