Diario Constitucional

Invalidación de oficio.

Corte Suprema anula sentencia que suspendía régimen de visitas entre padre e hijo, pero establece plazo y condición para que se reanude el vínculo paterno-filial.

El fallo busca equilibrar la protección del bienestar emocional del adolescente con el derecho-deber de mantener una relación paterno-filial, estableciendo un camino para la posible reanudación del vínculo bajo condiciones que garanticen la seguridad emocional del menor.

Por Redacción·25 de marzo de 2025·2 min de lectura
Imagen: blogs.totalabogados.cl
Referencial

La Corte Suprema invalidó de oficio una sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que confirmaba la suspensión indefinida del régimen de relación directa y regular entre un padre y su hijo de 13 años.

El máximo Tribunal determinó que la resolución adolecía de un vicio de nulidad formal al no resolver íntegramente el asunto sometido a su conocimiento.

Específicamente, la sentencia anulada suspendió el derecho-deber del padre de mantener contacto con su hijo por un período indefinido y no fijó un plazo o condición para la eventual reanudación del vínculo paterno-filial

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