Rechazan reclamo de ilegalidad
Expulsión de ciudadano ecuatoriano que cumplió condena por violencia intrafamiliar, se ajusta a derecho.
La decisión de expulsión se ajusta a derecho, habiendo ponderado los antecedentes delictuales del extranjero, sus infracciones migratorias, su período de residencia regular en Chile, el hecho de que su conviviente fue la víctima de sus acciones de violencia intrafamiliar, así como sus hijos y las circunstancias de aquellos.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de La Serena, que acogió la reclamación interpuesta por un ciudadano ecuatoriano en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del país.
El reclamante argumentó que la resolución desatendió sus circunstancias personales, ya que cuenta con residencia definitiva desde 2009, ejerce actividades comerciales lícitas y no fue notificado del inicio del procedimiento de expulsión. Reconoció haber cumplido condena por desacato en un contexto de violencia intrafamiliar, pero que obtuvo libertad condicional y avanzó en su reinserción social. Señaló que tiene arraigo familiar en Chile, ya que sus cuatro hijos poseen residencia definitiva y dependen de su sustento, al igual que su pareja, quien no trabaja. Alegó que la notificación debió realizarse a través de la autoridad penitenciaria debido a su privación de libertad y sostuvo que la resolución vulnera el principio de proporcionalidad y la protección especial de la familia, por lo que solicitó su revocación.
El Servicio Nacional de Migraciones informó que, mediante una resolución de 2009, se le otorgó residencia definitiva al actor, pero en 2022 se inició un procedimiento sancionatorio para revocar su permiso debido a antecedentes penales en Chile. En enero de 2023 se revocó su residencia y se ordenó su salida del país en cinco días, tras haber sido condenado por desacato y violencia intrafamiliar en 2020. Posteriormente, en julio de 2024, la Policía de Investigaciones informó que el extranjero no cumplió la orden de abandono, lo que motivó la decisión de expulsarlo. La autoridad migratoria consideró que el arraigo familiar invocado no es suficiente para evitar la medida, pues su expareja fue víctima de los delitos por los que fue condenado y sus hijas no cumplen los requisitos legales para que su relación de parentesco incida en la sanción. Asimismo, argumentó que el actor no ha realizado aportes económicos, sociales o culturales relevantes en Chile y que su permanencia afecta la seguridad pública, justificando su expulsión en resguardo del orden social y el bienestar común.
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