Recurso de nulidad acogido.
Vuelco en caso de subinspectora Valeria Vivanco: Corte Suprema anula juicio y deja en libertad a ex detective.
La Segunda Sala del máximo tribunal estableció error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, al establecer que el condenado actuó dolosamente.

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad deducido por la defensa y, en sentencia de reemplazo, condenó al detective a la época de los hechos, Leonel Alejandro Contreras Canales a la pena de 540 días de presidio, más la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, en calidad de autor de cuasidelito de homicidio de la subinspectora de la PDI Valeria Vivanco Carú. Ilícito perpetrado en junio de 2021, en la comuna de La Granja.
El fallo señala que, de los hechos asentados por los juzgadores del grado no es posible colegir que el acusado haya querido y aceptado la posibilidad de producción del resultado dañoso, teniendo en especial consideración el contexto en el que se desarrollaron los hechos, en medio de un operativo policial tendiente a lograr la fiscalización de un vehículo en cuyo interior circulaban personas que estaban relacionados con la comisión de un delito, los que huyen del control policial, dándose a la fuga, momentos en los que el acusado, que se encontraba en posesión de su arma de servicio, de forma lateralizada pero en condiciones de ser disparada, lo hace, hechos de los cuales, conforme a la prueba rendida y a diferencia de lo sostenido por el fallo recurrido, no puede concluirse inequívocamente que Contreras Canales pudo representarse y aceptar el resultado dañoso que resultaría como consecuencia de su acción, ello no solo por los breves instantes en que transcurrieron los hechos, sino también por la conducta del agente desplegada con posterioridad al acaecimiento de ellos, solicitando ayuda y prestando los auxilios pertinentes para tratar de salvar la vida de su compañera de funciones, lo que demuestra que si bien pudo representarse el resultado de su acción, de haber sabido las consecuencias que este traería, habría desistido de su realización.
La resolución agrega que, no aparece antecedente alguno encaminado a establecer que haya existido de parte del acusado la intención positiva de dañar a la funcionaria Vivanco; asimismo cabe descartar la posibilidad de un dolo eventual, por no existir elementos de juicio que lleven a esa conclusión y, además, por cuanto no resulta racional estimar que hayan actuado de ese modo, de haberse representado como posible la muerte de aquella a consecuencias de su actuar, sin que le importara que ello ocurriera, resulta más ajustado a la razón concluir que, aun de haberse representado la posibilidad de que sus actos imprudentes podrían causar algún daño a la víctima, desechó totalmente esa posibilidad, incurriendo en culpa con representación.
Temas
Comentarios (1)
Victor Piñeiro Saavedra Se desprende q fue un accidente. Por tanto, debiera ser reincorporado.
Te puede interesar

Detective impacta a su compañera.
Juzgado de Garantía de Santiago decreta prisión preventiva de funcionario de la PDI imputado por homicidio de subinspectora Vivanco.

Condición migratoria del extranjero es de carácter irregular.
Tercer TOP de Santiago decreta la expulsión del país de condenado por robo por sorpresa en Ñuñoa.

Recurso de nulidad rechazado.
Presidio perpetuo calificado por el delito de robo con homicidio en perjuicio de los dueños del local “El Rey de la Empanada”, se confirma por la Corte de de Valparaíso en contra del acusado.

