"Rotura del útero y de las asas intestinales es algo sumamente infrecuente y poco probable".
Corte Suprema confirma fallo que condenó a médico cirujano por negligente intervención ginecológica.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la sentencia cuestionada, dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que acogió la demanda y ordenó al médico resarcir el daño emergente y daño moral provocado a la paciente.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el de fondo, interpuestos en contra de la sentencia que ordenó al profesional pagar una indemnización total por $53.939.851, por negligencia en intervención quirúrgica que derivó en rotura del útero e intestino delgado.
La sentencia sostiene que de la revisión de los antecedentes se obtiene que la sentencia de reemplazo acogió la demanda y condenó al demandado a pagar a la actora la suma de $3.939.851 por concepto de daño emergente y $50.000.000 por concepto de daño moral, y, para ello razona que, no obstante estar acreditado que el médico demandado le informó a la actora sobre los beneficios, riesgos y complicación de la intervención quirúrgica a la que se sometería, no consta en la ficha que éste haya informado a la paciente, específicamente, que el procedimiento quirúrgico de vaciamiento o legrado uterino tuviera como riesgo asociado ‘connatural’ la perforación del útero o de otros órganos cercanos, a lo que agrega que el demandado ha alegado que la perforación del útero es un riesgo consustancial o connatural al legrado; no obstante, según declararon sus propios testigos, médicos cirujanos, ello no parece así.
La resolución agrega que, dice el primer testigo, aunque afirma que el demandado obró conforme a la lex artis y reconoce que su conocimiento del caso deriva de conversaciones con el doctor, cuando fue repreguntado al punto cuatro contestó: ‘la perforación uterina con lesión de asas intestinales es una complicación infrecuente en nuestra especialidad; representa según la literatura mundial aproximadamente un 0,1% a 0,3% al realizar un legrado uterino, siendo hasta en la mitad de los casos inadvertido por el cirujano que realiza el procedimiento…’. Por su parte, el doctor Simonetti ilustró que ‘[…] puedo agregar que en la práctica de un ginecólogo el riesgo asociado a estos procedimientos existe y es posible según la literatura que una vez al año ocurra un accidente como éste’.
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