Municipio no tomó las medidas para impedir el daño denunciado.
CS acoge denuncia de obra nueva y ratifica la suspensión provisional decretada respecto de los trabajos de pavimentación ejecutados por la Municipalidad de Valparaíso.
El ente edilicio debe responder de la correcta ejecución de las obras que están a su cargo, las que, en definitiva, generaron el perjuicio que reclama el denunciante.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de Valparaíso, que confirmó el fallo de primera instancia, y en su lugar, acogió la denuncia de obra nueva deducida en contra de la Municipalidad de Valparaíso, y ratificó la suspensión provisional decretada.
El Tribunal de Primera Instancia, para rechazar la demanda, tuvo presente que “es un hecho no discutido entre las partes, que una de las obras denunciadas en el libelo pretensor corresponde a la pavimentación del Pasaje Ingeniero Mutilla, que es un bien nacional de uso público”.
Respecto a los requisitos de procedencia de este interdicto, señala que el primero “consiste en que la denuncia recaiga sobre una obra nueva que se está construyendo o se trata de construir”. En el caso, “la obra nueva denunciable sería la construcción inconclusa de la pavimentación del Pasaje Ingeniero Mutilla que se trata de sustentar en el muro del antejardín del inmueble del actor”.
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