Diario Constitucional

Acceso a la justicia

Corte Suprema ordena tramitar demanda por despido contra Sura y refuerza derecho a tutela judicial efectiva

Considera que la interpretación aplicada impedía al trabajador acceder a un pronunciamiento judicial de fondo en su demanda. Ninguna interpretación puede dejar a un trabajador sin acceso a la justicia. Voto en contra; la interpretación realizada por los jueces recurridos se enmarca dentro de criterios jurídicos razonables y el recurso de queja no es una vía para revisar discrepancias interpretativas, salvo que exista una infracción evidente y grave, lo que —a su juicio— no ocurrió en este caso.

Por Redacción·27 de febrero de 2026·3 min de lectura
Corte Suprema ordena tramitar demanda por despido contra Sura y refuerza derecho a tutela judicial efectiva
Referencial

La Corte Suprema acogió un recurso de queja presentado por el demandante y ordenó que se tramite su demanda por despido injustificado en contra de Administradora General de Fondos Sura S.A., la que había sido rechazada sin entrar al fondo del asunto.

El trabajador presentó su demanda el 26 de junio de 2025 ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el procedimiento de aplicación general. Sin embargo, el 23 de julio de ese año el tribunal decidió no darle curso, argumentando que, por el monto reclamado —inferior a quince ingresos mínimos mensuales—, el caso debía tramitarse por el procedimiento monitorio. Al mismo tiempo, tampoco permitió reingresarla por esa vía, debido a que el trabajador no había acudido previamente a la Inspección del Trabajo.

Esa decisión fue apelada, pero una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago la confirmó por mayoría el 24 de septiembre de 2025, señalando que el procedimiento general solo procede cuando la ley no contempla una vía especial y que las normas procesales son de orden público, por lo que no pueden ser elegidas por conveniencia del litigante. Solo el fiscal judicial votó en contra.

Frente a ello, la defensa presentó un recurso de queja, mecanismo disciplinario que procede únicamente cuando existe una falta o abuso grave en la dictación de una resolución judicial que ponga fin al juicio o impida su continuación y que no tenga otro recurso disponible. La ley establece que este recurso no sirve para discutir simples errores o diferencias de interpretación jurídica, sino solo faltas graves que tengan influencia sustancial en la decisión.

La Corte Suprema recordó que una falta o abuso grave puede configurarse cuando una interpretación judicial priva a una parte de su derecho a la tutela judicial efectiva. En este caso, estimó que la interpretación realizada por los tribunales inferiores dejaba al trabajador sin posibilidad real de acudir a la justicia: no podía tramitar su demanda por el procedimiento general debido al monto, ni por el monitorio por no haber reclamado antes ante la Inspección del Trabajo.

El máximo Tribunal señaló que esta interpretación, en los hechos, impedía al trabajador someter su conflicto laboral al conocimiento de un juez especializado, vulnerando el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, reconocido en el artículo 19 N°3 de la Constitución, así como el principio de inexcusabilidad del artículo 76, que obliga a los tribunales a resolver los asuntos sometidos a su conocimiento.

La Corte también destacó que en materia laboral las normas procesales deben interpretarse considerando los principios protectores del Derecho del Trabajo, entre ellos el acceso efectivo a la justicia. Citó el inciso segundo del artículo 498 del Código del Trabajo, que permite al trabajador accionar judicialmente conforme al procedimiento general, aun cuando no haya concurrido previamente a la instancia administrativa, entendiendo que esta regla debía aplicarse también en este caso.

La Corte concluyó que toda interpretación que limite el acceso a un pronunciamiento judicial de fondo carece de razonabilidad, especialmente en el ámbito laboral, donde debe evitarse que formalidades procesales impidan resolver el conflicto.

Por estas razones, la Corte Suprema dejó sin efecto tanto la resolución de la Corte de Apelaciones como la del Juzgado del Trabajo, y ordenó que la demanda sea tramitada conforme al procedimiento de aplicación general.

La decisión fue adoptada con el voto en contra de la ministra Jessica González, quien estuvo por rechazar el recurso. Sostuvo que la interpretación realizada por los jueces recurridos se enmarcaba dentro de criterios jurídicos razonables y que el recurso de queja no es una vía para revisar discrepancias interpretativas, salvo que exista una infracción evidente y grave, lo que —a su juicio— no ocurrió en este caso.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N° 40.416-2025.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.