Diario Constitucional

Ley 18.971 no efectúa distinciones.

CS acogió amparo económico contra Municipalidad por impedir pago de patente de alcoholes y modifica jurisprudencia.

La decisión fue acordada con la prevención del abogado integrante Sr. Lagos.

Por Redacción·04 de octubre de 2016·4 min de lectura
CS acogió amparo económico contra Municipalidad por impedir pago de patente de alcoholes y modifica jurisprudencia.
Referencial

Se dedujo acción de amparo económico –por parte de un particular- en contra de la Municipalidad de San Miguel.

En su libelo, el actor denuncia que fue vulnerado su derecho a desarrollar una actividad económica lícita garantizada en el artículo 19 N° 21 inciso 1° de la Constitución Política de la República, por cuanto dicha entidad, a través del Decreto Exento N°1636 de 10 de agosto del año 2015, dispuso la caducidad, eliminación y descargo, a contar del segundo semestre de ese año, de la patente de alcoholes de que era titular el recurrente. Añade que, posteriormente a través del Decreto Exento N°1913 de 8 de septiembre, se niega lugar a su solicitud de autorizar el pago atrasado de la señalada patente

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de amparo económico, decisión que, en consulta, fue confirmada por la Corte Suprema.

Comentarios (1)

  1. Juan Varlos Cheyre

    Restaurant Les Assassis, fue despojado de su patente de alcoholes .al parecer por no presentar certificado de antecedentes y declaración jurada. Año 2021 .al ir a pagar antes del 31 de Julio 2021 se le advierte que está patente ya no existe. El referido restaurant , lleva 56 años trabajando sin problema alguno..las fechas de renovación , nunca fueron solicitadas como antes ,la municipalidad cerrada etc etc.

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