Integridad psíquica.
CS acogió recurso de protección y ordenó el cese del hostigamiento y persecución en contra de una particular.
La actora acompañó declaraciones juradas dando fe de los hechos narrados en su libelo.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que desestimó el recurso de protección deducido por una particular que denunció la vulneración de sus derechos a la integridad psíquica, inviolabilidad del hogar, propiedad y la libertad personal y seguridad individual.
La actora expuso que la recurrida ha ejecutado actos de hostigamiento o persecución en su contra, siendo sorprendida en el inmueble que habita, preguntando a los conserjes del edificio el número de su departamento, horarios de salida y llegada, agregando no puede desplazarse sin que la recurrida la hostigue o persiga, incluso por medios electrónicos; razón por la que solicitó se le prohíba acercarse en un radio no inferior de 200 metros de su lugar de trabajo, o en cualquier lugar en donde se encuentre, por el término de un año o un lapso mayor.
La recurrida desconoció cualquier tipo de hostigamiento, señalando que son acusaciones falsas ya que el único contacto que tiene con la recurrente, dice relación con su pareja, quien desempeña funciones para aquella de manera esporádica.
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